Se requiere la presencia de una alteración de la personalidad no
directamente atribuible a una lesión o enfermedad cerebral importante, o
a otros trastornos psiquiátricos, que reúna las siguientes pautas:
- Actitudes y comportamiento marcadamente faltos de armonía, que afectan por lo general a varios aspectos de la personalidad, por ejemplo, a la afectividad, a la excitabilidad, al control de los impulsos, a las formas de percibir y de pensar y al estilo de relacionarse con los demás.
- La forma de comportamiento anormal es duradera, de larga evolución y no se limita a episodios concretos de enfermedad mental.
- La forma de comportamiento anormal es generalizada y claramente desadaptativa para un conjunto amplio de situaciones individuales y sociales.
- Las manifestaciones anteriores aparecen siempre durante la infancia o la adolescencia y persisten en la madurez.
- El trastorno conlleva un considerable malestar personal, aunque éste puede también aparecer sólo en etapas avanzadas de su evolución.
- El trastorno se acompaña, por lo general aunque no siempre, de un deterioro significativo del rendimiento profesional y social. Para diagnosticar la mayoría de los tipos citados más abajo, se requiere a menudo la presencia de al menos tres de los rasgos o formas de comportamiento que aparecen en su descripción.
- El malestar es más bien consecuencia de la no aceptación por parte de los demás del modo de ser del individuo más que una característica intrínseca del trastorno: en general suelen ser egosintónicos (de acuerdo con el Yo).
- desarrolle eficazmente se conocen con el nombre de frustración.
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